Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO propuesta por la ciudadana Yoleida Margarita Granadillo Escaray, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 40.864, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano JUAN CARLOS LAZARO MENDOZA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 23.464.531, para la rectificación de su acta de nacimiento, en consecuencia, se ordena rectificar el acta respectiva signada bajo el Nº 303, inserta el día diecinueve (19) de Octubre de 1992, ante la actual Jefatura Civil de la Parroquia Udon Pérez del Municipio Catatumbo del Estado Zulia, y ante el Registro Principal del Estado Zulia, Municipio Maracaibo, en el sentido siguiente: en su ultimo Apellido, donde se lee: "...por nombre y Ape.....