Por los fundamentos expuestos, este Juzgado QUINTO de Primera Instancia en funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la conmutación de la pena impuesta al penado: ARNALDO ALBERTO IBARRA PEREZ, de nacionalidad Colombiano, natural de Villanueva, Guajira Distrito del Cesar, Colombia, Fecha de Nacimiento: 16-12-78, de 24 años de edad, soltero, obrero agrícola, Titular de la Cédula de Identidad N° NO PORTA, hijo de Prospero Quinto Ibarra y de Ana Carmen Pérez y residenciado en el Sector Noriega Trigo, Barrio La Cruz, Villa del Rosario del Estado Zulia, en fecha 12-04-2000 por el Cuarto Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en confinamiento, estando en la obligación de residir en la siguiente dirección: BARRIO SAN PEDRO, CALLE 100ª, CASA N° 50B-25, CERCA DE LA CARCEL MODELO DEL ESTADO ZULIA.-