Dispositivo.
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara en la QUERELLA INTERDICTAL DE AMPARO seguida por LA SOCIEDAD MERCANTIL MIL SABORES CHURRISIMOS, C.A, contra los ciudadanos MANUEL HERNANDEZ MELENDEZ, RUTH VALERO DE HERNANDEZ, RIYAD YORDI, JIMAN ECHTAY DE YORDY, NICOLO MALACARNE, EDUVER GOTERA, todos identificados en la narrativa de la presente decisión, lo siguiente:
• CON LUGAR la actividad recursiva ejercida por la Profesional del Derecho JAZMIN GOMEZ, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte querellante, en consecuencia:
• REVOCA la decisión de fecha 25 de Octubre de 2004 que declaró Con Lugar la defensa de fondo de Falta de Cualidad formulada por la representación de la querellada; y,
• ORDENA al Juzgado de P.....