DISPOSITIVO INTERLOCUTORIO
Con fundamento a las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de Maracaibo del Estado Zulia, en Nombre de Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECIDE: Primero: Hacer la entrega al ciudadano CARLOS ALFONSO CORONADO PADILLA, venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad Nº 22.465.232, domiciliado en el Municipio Maracaibo del estado Zulia, quien esta asistido por el ciudadano abogado ROBERTO NEGRETTE, venezolano, mayor de edad, abogado, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 13.455 y de este mismo domicilio, la entrega del vehículo de su única y exclusiva propiedad el cual posee las siguientes características: MARCA: Jeep, MODELO: Grand Wagoneer, COLOR: Blanco y Marrón, CLASE: Camioneta, TIPO: Sport Wagon, PLACAS: ABS-003, SERIAL DE CARROCERÍA: 8YAGA15UXFV041329, SERIAL DEL MOTOR: 405M2.....