Resuelve:
A.- Se decreta la Separación de Cuerpos y Bienes, que ante este Despacho, solicitaron los ciudadanos: ALFREDO JOSE MONTIEL PEROZO y MARIA DEL ROSARIO BARRIOS BARRIOS.
B.- En cuanto a la Patria Potestad de la adolescente MARIA JOSE MONTIEL BARRIOS será compartida por ambos padres; la Guarda y Custodia de la adolescente antes nombrada será ejercida por la madre, aún los mayores que están cursando estudios superiores, no se hayan emancipado y vivan bajo el mismo techo. En cuanto al régimen de visitas, el padre podrá visitar a sus hijos y éllos a éste en lugar que dispongan. En cuanto a la pensión alimentaria, los padres deberán, pasarle a sus hijos una pensión de alimento, acorde con las necesidades y de común acuerdo con la madre, para costear además educación, asistencia médica, mientras estén estudiando y no se hayan emancipado; así mismo la madre coadyuvará en esta obligación, esta pensión será de la cantidad de UN MILLON DE BOLIVARES (Bs.1.000.000,00). Así mismo .....