Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, constituido en forma unipersonal, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: ABSUELVE al acusado YENFRI RAMON COLINA SIVIRA, venezolano, natural Cabimas, Estado Zulia, de 29 años de edad, estado civil soltero, de Profesión u oficio Vigilante, titular de la Cédula de Identidad Número V- 15.850.922, hijo de Bruno Colina y Luisa de Colina, residenciado en el Sector R-10, callejón Los Poste Negros callejón San Jacinto, Cabimas Estado Zulia, por ser inculpable de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal Venezolano vigente para le fecha en que ocurrieron los hechos, en perjuicio del ciudadano ROBERTH JOSÉ SÁNCHEZ y ABSUELVE al acusado YHONNY LEON GARCIA, venezolano, natural de Cabimas Estado Zulia, de 56 años de edad, estado civil casado, de Profesión u of.....