III.- DISPOSITIVO.
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MACHIQUES DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO de conformidad con el Artículo 185 propuesta por los ciudadanos GUSTAVO ADELMO PALMAR y FLOR MARIA ZULETA TORRES, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de Identidad Nos. V-11.256.126 y V-13.100.607, respectivamente, domiciliados en el municipio Machiques de Perijá del estado Zulia. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron, en fecha treinta (30) de enero de 2006, por ante la Jefe del Registro Civil y Secretaria de la Parroquia El Rosario, Municipio Rosario de Perijá del Estado Zulia, todo lo cual consta de copia certificada del Acta de Matrimonio signada con el No. 09, del año 2006, lle.....