En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Municipio de Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1. CON LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES instaurada por LAZARO ONILDE VARGAS MELENDEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-2.145.294 contra: SERENOS Y ASOCIADOS LOS CARDONES, S.R.L., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en fecha 11 de agosto de 1993, bajo el N° 75, tomo 11-A, modificada el 25 de mayo de 1994, tomo 15-A y N° 31, Tomo 116-A, cambio de S.R.L., a C.A., en fecha 14 de diciembre de 2001 bajo el N° 51, Tomo 59-A., en la persona de ITALIA ROSA BARRIOS SILVA, venezolana, hábil, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-4.370.728, en su carácter de Representante legal.
2. Se ordena a la em.....