por lo cual este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara a la ciudadana a la ciudadana a la ciudadana DENIS JOSEFINA FUENMAYOR DE MANARES, venezolana, mayor de edad, portadora de la Cédula de Identidad Nro. 5.826.125 en su condición de cónyuge y a los ciudadanos ROLANDO ENRIQUE, MARIANA JOSEFINA y YUSMILA MARGARITA MANARES FUENMAYOR, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº 11.068.600, 14.135.248 y 16.623.016 respectivamente, en su condición de hijos como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante ciudadano CLAUDIO ENRIQUE MANARES HERRERA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 3.931.953 fallecido en el Ambulatorio II Cuatro Bocas, la Parroquia La Sierrita del Municipio Mara del Esta.....