DISPOSITIVO
Con fundamento a las consideraciones de hecho, derecho, jurisprudenciales y doctrinarias ut supra referidas, este TRIBUNAL UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
• PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO en atención al criterio jurisprudencial de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 02/06/2015, sentencia No.693, interpuesta por los ciudadanos MARCOS ENRIQUE BRITO PIRELA y NOREXIS DEL CARMEN ANDRADE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad No. V-10.212.881 y 13.575.039, respectivamente, con correos electrónicos: britomarcoss@gmail.com y norexysandrade@gmail.com, en ese orden, teléfonos móviles: 0414-6129059 y 0424-6893681, en dicho orden, domicil.....