Por los fundamentos expuestos este Juzgado Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: ACORDAR MEDIDA DE PROTECCIÓN A FAVOR DE LOS CIUDADANOS M(IDENTIFICACIÓN DE CARÁCTER RESERVADO),, plenamente identificado en actas y en consecuencia ACUERDA EXPEDIR MANDAMIENTO DE PROTECCIÓN A LA VÍCTIMA y por ende Oficiar al Comandante General del Cuerpo de Policía Bolivariana del estado Zulia y a la Fiscalía Superior de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, haciendo del conocimiento de lo aquí resuelto, todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 26, 51 y 55 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, los artículos 14, 23, 108 numeral 14º, artículos 118 y 120 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, artículos 82, 84 y 85 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, en concordancia con lo establecido en los artículos 1, 2, 17, 1.....