Por los fundamentos expuestos este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA vista la procedencia en derecho DEL ARCHIVO FISCAL, de la presente causa, dictada por la Fiscalía Primera del Ministerio Público, de conformidad con lo establecido en el Artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA EL CESE DE LA MEDIDA JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD, decretada por este Juzgado, el 09/10/08 a la ciudadana ANDREA DEL CARMEN GUTIERREZ MAVAREZ, de 36 años de edad, nacido el 20-11-1972, Venezolana, natural Cabimas, Estado Zulia, soltera Titular de la Cedula de Identidad N° 13.841.315, de profesión u oficio: ama de casa, residenciado: urbanización nueva Cabimas, avenida33, sector 6, vereda 7, casa 25, Cabimas Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de ULTRAJE A FUNCIONARIO PÚBLIC.....