El Penado ENDER JOSE MEDINA ORTIZ, titular de la cedula de identidad Nº V- 10.701.089, fue condenado; a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, más las accesorias de Ley; por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal antes de la reforma, actual artículo 405 del Código Penal en perjuicio del ciudadano LUCAS DEL CARMEN BAEZ CASTELLANO. Consta en actas que el nombrado penado fue detenido en fecha 21-03-2004 por lo tanto, este Juzgado de Ejecución pasa a computar el tiempo de Detención que sufrió el penado durante el proceso, conforme a lo establecido en el artículo 484 en su último aparte en concordancia con el artículo 482 Ejusdem, y se evidencia que el mencionado penado llevan detenido hasta el día de hoy 05-04-06 , fecha en la cual se realiza el presente cómputo: DOS (02) AÑOS Y CATORCE (14) DIAS; faltándole por cumplir NUEVE (09) AÑOS, ONCE (11) MESES Y DIECISEIS (16) DIAS; por tal motivo, cumpli.....