Por todos los fundamentos ya expuestos y en resguardo de la seguridad jurídica, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en el presente Solicitud de INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, seguido por la ciudadana MELIDA UBENCIA QUEIPO DE CALABRESE, en contra de UVENCIA RAMONA QUEIPO VIUDA DE SANCHEZ, se DECLARA:
1. INCOMPETENTE para conocer de esta Solicitud de INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, seguido por la ciudadana MELIDA UBENCIA QUEIPO DE CALABRESE, en contra de UVENCIA RAMONA QUEIPO VIUDA DE SANCHEZ, suficientemente identificado; y como consecuencia, solicita la Regulación de Competencia, de conformidad con el artículo 70 del Código de Procedimiento Civil, por ante el Juzgado Superior Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Ca.....