Por todo lo antes expuesto y con fundamento en los elementos de convicción presentados, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA ha lugar la solicitud fiscal y decreta la LIBERTAD PLENA, de los ciudadanos DURAN GIRON HERNAN EDUARDO, de nacionalidad colombiana, de 27 años de edad, soltero, obrero, no porta cédula de identidad, hijo de Germán Duran y Marlene Girón, residenciado en la calle principal, casa s/n del barrio Campo Lata, cerca de la placita, Casigua El Cubo, Municipio Jesús María Semprúm del Estado Zulia; y LENIS MENDOZA JEFERSSON YOHAN, venezolano, natural de La Villa del Rosario, Estado Zulia, de fecha de nacimiento 12/02/1988, titular de la cédula de identidad N° 20.791.485, de 20 años, obrero, soltero, hijo de Fabio Lenis y Carmen Mendoza, residenciado en la c.....