Quien suscribe, SAÚL DARÍO MELÉNDEZ MELÉNDEZ, Juez Provisorio de este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil Y Menores de la Circunscripción Judicial Estado Lara, me INHIBO de conocer la presente causa, por cuanto revisadas las actas procesales se constata que el presente Juicio por PARTICIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL seguido por el ciudadano GRITZKO GABRIEL TERAN MOGOLLON contra la ciudadana MIREYA DÍAZ VISCAYA, es similar a la causa N° 8008 en la cual manifesté mi opinión en lo principal del juicio, en sentencia dictada en fecha 22-10-2002, inserta a los folios 181 al 190 de la primera pieza, por cuanto es el mismo objeto, sujeto y causa que se demandan en este asunto, lo cual guarda estrecha relación con el pronunciamiento que ha de hacerse en la presente acción, razón por la cual fundamento esta inhibición en el Ordinal 15° del Artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, y así lo declaro expresamente.
Abrase cuaderno de inhibición con copia certificada de la presente acta, y re.....