DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho MILAGROS RODRÍGUEZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 28.655, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil Auto Siete Veintisiete C.A, contra la decisión N° 7461-08, dictada por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de fecha 14 de Noviembre de 2008, y en consecuencia se confirma la decisión recurrida.
Publíquese, regístrese en el libro respectivo, déjese copia certificada en archivo, remítase la presente causa en la oportunidad legal correspondiente al Tribunal Undécimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del E.....