Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos y que los mismos no son contrarios a la Ley, ni a las buenas costumbres y no alteran el orden público, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUSNCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: la HOMOLOGACIÓN del DESISTIMIENTO del juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA VENTA sigue la ciudadana MIGDALIA JUDITH FUENMAYOR VALENCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°.- V. 3.648.010, y de este domicilio, contra la ciudadana ANDREA MARÍA ROSEMBERG ABREU, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°.- V.18.507.274 y de este mismo domicilio. En consecuencia, se suspende la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada en fecha diecisiete (17) de Diciembre de 2012, sobre un inmu.....