LA HOMOLOGACIÓN de la transacción y/o acuerdo de pago realizado en la cantidad de UN MIL CIEN BOLÍVARES FUERTES (Bs.F.1.100,oo) en el juicio incoado por la ciudadana ESTEFANÍA BEATRIZ LEAL GARCÍA en contra de la sociedad mercantil CENTRO DE EDUCACIÓN INICIAL GEORGINA MORILLO (KAI-KASCHI), COMPAÑÍA ANÓNIMA, por Cobro de Prestación de Antigüedad y otros conceptos laborales, y se le da el carácter de cosa juzgada. Como consecuencia de la aprobación dada, se resuelve:
PRIMERO: Se ordena a la parte demandada CENTRO DE EDUCACIÓN INICIAL GEORGINA MORILLO (KAI-KASCHI), COMPAÑÍA ANÓNIMA hacer la entrega a la ciudadana ESTEFANÍA BEATRIZ LEAL GARCÍA, de la cantidad acordada en la Transacción Homologada, vale decir, la cantidad de Bs.F.1.100,oo, los que se acordó que recibirá en fecha 12/03/2009, y cuyo efectivo pago, a la fecha, no consta en actas.
SEGUNDO: Con la Homologación señalada, este Juzgado declara terminado el presente juicio, y se ordena el archivo del expediente una vez conste .....