Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
A) PERIMIDA LA INSTANCIA del juicio de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION, seguido por CARLOS JULIO DUGARTE DEGALDO, venezolano, abogado, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 5.844.910, e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 32.113 y domiciliado en esta ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, contra el ciudadano FRANKLIN PRATO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 9.734.382, de igual domicilio.
B) Líbrese boleta de notificación y fíjese en la cartelera del Tribunal.
C) NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS POR LO ESPECIAL DEL FALLO.