DISPOSITIVA:
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLINA LA COMPETENCIA al Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control Del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Municipio Rosario de Perija, por haber sido el primer en conocer de la causa.- de conformidad con lo establecido en el articulo 57 Ejusdem referente a la Competencia Territorial por haberse consumado en el referido Municipio Y ASI SE DECIDE.