a fin de garantizar la obligación alimentaria que tiene el demandado para con su cónyuge, quienes deben asistirse recíprocamente, este Juzgado considera procedente decretar Medida de Embargo Preventivo sobre el TREINTA POR CIENTO (30%) sobre el Sueldo o Salario y Utilidades, que percibe el demandado OMAR RAMON ALVAREZ CHIRINOS, como trabajador en las empresas ELINCA y en PDVSA, de conformidad con los artículos 137 y 139 del Código Civil, en concordancia con los artículos 748 y 749 del Código de Procedimiento Civil, y a fin de garantizar dicha obligación alimentaria se DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO sobre el porcentaje referido; y referente a la solicitud de embargo de la Ficha de Comisariato, y evidenciándose que con estas medidas decretadas anteriormente, se cubre suficientemente la Pensión de Alimentos para la demandante SOLDRINES ELENA ARIAS VALERO, y garantiza dicha pensión la subsistencia vital y personal de la misma; por lo tanto a este Tribunal le es procedente NEGAR el r.....