Por todo lo expuesto con anterioridad, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. PERIMIDA LA INSTANCIA y por consiguiente, EXTINGUIDO el presente proceso de DAÑOS Y PERJUICIOS intentado por la ciudadana ANA ISOLINA PRIETO DE OSORIO venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 7.396.755, domiciliada en el Municipio Santa Rita del Estado Zulia, en contra de la sociedad mercantil C.A. DE SEGUROS LA OCCIDENTAL inscrita originalmente en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia el 6 de noviembre del año 1956, bajo el No.53, 1º Libro del tomo 42, siendo su última modificación estatutaria la contenida en Acta de Asamblea inscrita en la citada oficina de Registro el 16 de enero del año 2007, bajo el No. 23, tomo 2-A.
2. N.....