Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD FISCAL Y DE LA DEFENSA, Y SE DECRETA las MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS A LA MEDIDA DE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LA LIBERTAD, al imputado ALEXANDER JOSÉ SUÁREZ MÉNDEZ, de nacionalidad Venezolana, natural de Coro, Estado Falcón, nacido en fecha: 25/08/1985, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Artesanía, sin documentación personal, hijo de: Rómulo Yanez Peralez y Alvira Josefina Suárez, residenciado en el Hotel Aurora, Habitación 22, frente al Registro Principal, al lado de la Casa del Deporte, Maracaibo, Estado Zulia; teléfono: 0424-6986298, de conformidad con lo establecido en los numerales 3 y 4 del artículo 256 del Códi.....