DISPOSITIVA
Por los fundamentos de Derecho antes expuestos esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por las profesionales del derecho CELINA TERAN CAMARGO y LUCIHELY CAROLINA FLORES JIMENEZ, en su carácter de FISCAL PROVISORIO Y FISCAL AUXILIAR, RESPECTIVAMENTE, ADSCRITAS A LA FISCALÍA OCTAVA DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión Nº 949-17, de fecha 03 de Octubre de 2017, dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual, entre otros pronunciamientos, el referido Tribunal decretó:"...PRIMERO: Con Lugar, las excepciones opuestas por el querellado ciudadano WILLIAN ENRIQUE ALVAREZ, por la comisión del delito de.....