Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos Giovanni Alejandro Montilla Corsini y María Alejandra Pérez Hernández, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos 18.978.634 y 18.063.074, respectivamente
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos Giovanni Alejandro Montilla Corsini y María Alejandra Pérez Hernández, antes identificados, por ante el Registro Civil del Municipio Cabimas del estado Zulia, tal y como se evidencia de original del acta de matrimonio signada con el Nº 132 que riela a las actas.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.-
Déjese copia certificada por Secr.....