Por los fundamentos expuestos, esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, por facultad que le confiere el artículo 177 de la LOPNA, resuelve:
CONCEDE AUTORIZACION SUFICIENTE, a la ciudadana SIKIU ROSARIO URDANETA DE RUIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.084.493, domiciliada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, para que en representación legal y en beneficio del adolescente (CUYO NOMBRE SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA), de Trece (13) años de edad, reciba en Cheque de Gerencia a nombre del mencionado adolescente de autos, la cuota parte que le corresponde a esta como beneficiario del causante LEOBARDO JESUS RUIZ OCANDO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.844.701, todo sin perjuicio del.....