Este Tribunal de Primera Instancia Tercero en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Santa Bárbara de Zulia, por todos los argumentos antes expuestos de hecho y derecho, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PRIMERO: DECRETA: La Aprehensión Judicial del ciudadano JOSE PAULINO GUERRERI FERNANDEZ Venezolano, de 53 años de edad, natural de Caracas, Soltero, Comerciante, titular de la cédula de identidad N° 3.179.898,con domicilio en la calle 9, Casa S/N, a una cuadra después de Cheo, en la Esquina Caliente del Barrio Carlos Andrés Pérez, Municipio Colón Estado Zulia Principal del Sector de Caño Negro, Parroquia Urribarrí, Municipio Colón, Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el Artículo 45 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de las niñas MARIA DE LOS ANGELES URD.....