Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Declara CON LUGAR la aprehensión del imputado JOSE GREGORIO MARTINEZ ECHEVERRIA, de nacionalidad colombiana, natural de Barranquilla, Departamento del Atlántico, de 28 años de edad, fecha de nacimiento: 20-07-1979, soltero, de profesión u Oficio Albañil, Cedula de identidad Colombiana N° 72.008.608, hijo de CASILDA ECHEVERRIA y AMIN MARTINEZ, residenciado en el Barrio Cardonal Norte, Sector El Mamon, por la vía principal El Mamon, entrando por la Bomba Caribe, la calle frente al C.D.I., como a cuatro casas, teléfono 0412-0767507, Maracaibo, Estado Zulia, por lo que CALIFICA LA FLAGRANCIA de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44.1 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 248 y 373 del Código O.....