a tenor de lo dispuesto en el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil, declara en estado de ejecución la sentencia de divorcio dictada por este Órgano Jurisdiccional en fecha veintisiete (27) de septiembre de dos mil diecisiete (2017), misma que declara el divorcio y disuelto el vinculo matrimonial contraído por los ciudadanos DANIEL JOSÉ ROSELL BARRIOS y YOLIBET CAROLINA VASQUEZ QUINTERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-16.458.870 y V-19.680.959, respectivamente.