Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR QUINTO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Maracaibo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante en contra de la sentencia de fecha dieciocho (18) de Mayo de 2010, dictada por el Tribunal Sexto de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen y Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción del Estado Zulia, con sede en Maracaibo.
SEGUNDO: Parcialmente con lugar la demanda incoada por los ciudadanos JHONNY INCIARTE LÓPEZ, JOHAN BARRIOS Y MARIA ROZO MORALES en contra de KRONE C.A Y SOLIDARIAMENTE AL SERVICIO AUTONOMO DE VIALIDAD DEL ESTADO ZULIA (SAVIEZ) ADSCRITO A LA GOBERNACIÓN DEL ESTADO ZULIA.
TERCERO: Se confirma el fallo apelado.
CUARTO: No hay condenatoria en costas procesales .....