DISPOSITIVA
, Por las razones de hecho y derecho antes expuestas, y de conformidad con el contenido del Artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal, se procede a dictar SENTENCIA ABSOLUTORIA , a favor del ciudadano RAFAEL AMARIS RANGEL, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, en consecuencia se ordena el cese de todas las medidas cautelares decretadas en contra del ciudadano RAFAEL AMARIS RANGEL, quedando en esta audiencia de EN LIBERTAD PLENA DE MANERA INMEDIATA. No habiendo nada más que resolver, quedan las partes presentes notificadas de este fallo siendo las ocho y cuarenta minutos de la noche, en el entendido de que el tribunal se acoge al lapso de Diez (10) días hábiles para la publicación del fallo íntegro de la sentencia, tal como lo establece en su texto el articulo 365 del Código Adjetivo Penal. Se deja constancia de que se cumplieron con todas .....