MANTENER las medida DE IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, contenida en el artículo 624 de la LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, impuestas al IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, quien es venezolano, soltero, Trabajador a destajo, de diecisiete (17) años de edad, nacido el día Veinte (20) de Mayo de mil novecientos Noventa (1.990), titular de la Cédula de Identidad número V-(SE OMITE), hijo de los ciudadanos (SE OMITEN), domiciliado en (SE OMITE) Jurisdicción del Municipio Lagunillas del Estado Zulia.