SE CONDENA, al Joven IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, venezolano, cédula de identidad N° (SE OMITE), de Dieciocho (18) años de edad, domiciliado en (SE OMITE), Jurisdicción del Municipio Cabimas del Estado Zulia, actualmente recluido en la Fundación Reto Juvenil Internacional, ubicada en la Vía al Aeropuerto La Chinita, Sector Los Cortijos, al Fondo de la Bomba de Los Cortijos, Jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, dirigido por el Ciudadano Pastor Evangélico ENDER LOPEZ; a cumplir la sanción definitiva de IMPOSICION DE RECGLAS DE CONDUCTA, POR EL LAPSO DE SEIS (06) MESES, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por considerarlo COAUTOR del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN previsto y sancionado en el Articulo 453 numeral 4 del Código Penal Venezolano Vigente en conco.....