declara:
A) PERIMIDA LA INSTANCIA en el presente Juicio de RECLAMACION ALIMENTARIA incoado por la ciudadana ELSIA ELENA COY PORTILLO, titular de la cédula de identidad No:5.808.863; en contra del ciudadano RODRIGO SIMON ESPINA BALLESTERO, titular de la cédula de identidad No: 2.871.844; y en beneficio de su hijo DANIEL ANTONIO ESPINA BALLESTERO.
B) MANTENER VIGENTE por el lapso de noventa (90) días continuos contados a partir de que quede firme la decisión dictada por este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio Nº 1, las medidas de embargo provisional sobre el 20% del sueldo, cesta ticket, utilidades o bonificaciones especiales que pueda percibir en la época de Navidad, vacaciones, Prestaciones Sociales, caja de ahorro, fideicomiso, despido, retiro, jubilación o muerte y cualquier otro ingreso, asi como el 100% de los ingresos por hijos que reciba el ciudadano RODRIGO SIMON ESPINA BALLESTERO.