Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y con aplicación del ARTICULO 267 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, declara PERIMIDA LA INSTANCIA en el presente juicio que por “RESOLUCION DE CONTRATO” sigue LA CASA ELECTRICA C.A .contra JORGE ALI CARUCI SILVA. No hay condenatoria en costas conforme al artículo 283 del citado Código de Procedimiento Civil.