DECISION
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, de Oficio Revisa la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, dictada en contra de los ciudadanos Luis Ángel Castro Riasco, por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado, Porte Ilícito de Arma de Fuego y Violencia Física, tipificados en los artículos 458 y 277 del Código Penal y artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; y Héctor Anubis Ruiz González, por la presunta comisión del delito de Facilitador en la Ejecución del delito de Robo Agravado, tipificado en el numeral 3 del artículo 84 del Código Penal, y acuerda su sustitución por otra menos gravosa conforme a.....