III.- DISPOSITIVO.
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MACHIQUES DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO de conformidad con el Artículo 185 del Código Civil Venezolano y acogiéndonos al criterio vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia 63-15 de fecha Dos (02) de Junio del año Dos Mil Quince (2.015), propuesta por los ciudadanos EFRAIN ANTONIO QUINTERO MIQUILENA y MARIA INMACULADA TROCONIS OMAÑA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, portadores de las cedulas de identidad números V-13.471.234 y V-13.102.114, números de contacto 0412-7984789 y 0412-9963655, correos electrónico herreraalejandro0511@gmail.com y troconismaria1977@gmail.com, respectivamente, domiciliados en el municipio Machiques de Perijá del estado .....