Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO UNICO ESPECIALIZADO EN FUNCIONES DE JUICIO CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DICTA LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: CONDENA al ciudadano HEVERT JOSÉ RUBIO GONZÁLEZ, de nacionalidad Venezolana, fecha de nacimiento 17-07-74, de 39 años de edad, de profesión u oficio Obrero, de estado civil Casado, portador de la cédula de identidad No. V.-11.864.057, hijo de JULIA DE RUBIO y LUIS EMIRO RUBIO (DIF), residenciado en el Barrio el Callao, Avenida 49G, Casa N° 169-66, Municipio San Francisco del Estado Zulia, a cumplir la pena QUINCE (15) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de ley establecidas en el artículo 66 ordinales 2° y 3° de la ley Especial de Género en concordancia con el artículo 16 del Código Penal, (Pena que terminara de cumplir el día 27-04-.....