DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los Abogados 1.- INGRID ANTÚNEZ y RODRIGO RAMOS OCHOA, precedentemente identificados, en su carácter de Defensores del ciudadano WILLIAM RANGEL OLIVARES, identificado en actas, y 2.- YAZMIN URDANETA OLMOS, en su carácter de defensora de los imputados MAUDRIN JOHEMAR SÁNCHEZ PARRA y LEONARDO BRAVO VÁSQUEZ, identificados en actas, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en fecha 16 de Mayo de 2009. Asimismo, no se evidencia de las actas que exista violación de normas constitucionales, ni que se haya causado gravamen alguno, como lo afirma la recurrente; y, SEGUNDO: Se C.....