DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA al penado CARLOS ALFONSO PEROZO VELASQUEZ, de nacionalidad venezolano, estado civil Soltero, profesión u oficio Estudiante, hijo de FRANCISCO SEGUNDO PEROSO y MARIA ELENA VELASQUEZ, quien puede ser ubicado en la calle San Mateo, callejón San Nicolás, casa 58, cinco bocas, Cabimas, cerca de la Iglesia del Carmen como a 500 metros, Cabimas-Zulia, Teléfono 02643716456, o en la calle San Mateo Avenida 32, calle San Incola Casa S/N, Cabimas Estado Zulia; todo de conformidad con lo establecido en el articulo artículo 479 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, SEGUNDO: Se le impone un lapso de Régimen de Prueba, de UN (01) AÑO, a partir de la presente fecha, hasta el día 31-07-08, así com.....