Por los fundamentos expuestos este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
A) CONSUMADO el acto procesal de DESISTIMIENTO, presentado por el ciudadano ENDER JOSE MACHADO DE LA HOZ, en su condición de Vicepresidente de la Sociedad Mercantil INVERSIONES MACHADO SEGURIDAD, C.A., en contra de la Sociedad Mercantil SERVICIOS MEDICOS INTEGRALES COMPAÑÍA ANONIMA (SERVIMEDICA), todos identificados en la parte narrativa de este fallo.
B) Se ordena expedir por secretaria las copias certificadas solicitadas.
C) Se ordena el Archivo del expediente.
D) No hay condenatoria en costas por tratarse de un desistimiento, de conformidad con lo establecido en el Artículo 277 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE. ARCHIVESE.