Este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandante apelante ciudadano CARMELO JOSÉ ACOSTA, a través de su Apoderado Judicial FÉLIX RODRÍGUEZ. SEGUNDO: Se confirma la decisión publicada en fecha veintinueve (29) de marzo de dos mil veintitrés (2023) por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de ésta Circunscripción Judicial. TERCERO: No hay expresa condenatoria en costas dada la naturaleza del presente asunto. Remítase la presente causa al Juzgado de Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, a los fines legales consiguientes.