este Tribunal Primero de primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECIDE: SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del imputado: EDMUNDO ALBERTO LARA CAMACHO: de nacionalidad Venezolano, natural de Cabimas, Estado Zulia, fecha de nacimiento 22-04-83, de 23 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, Cédula de Identidad Nº 17.189.210, hijo de EDMUNDO LARA (d) y GLORIA JOSEFINA CAMACHO (v), y con residencia en el Sector La Rosa Vieja, calle los Olivos, casa N° 186, a dos cuadra de la Chivera San Benito Municipio Cabimas, Estado Zulia, Teléfono N° 0264-3714194, por su presunta participación en los delitos de TENTATIVA DE ROBO DE VEHÍCULO, Previsto y sancionado en el artículo 7 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artícul.....