Seguidamente la parte demandada expone lo siguiente: CONVENGO en pagar la cantidad de Cuatro Millones Treinta y Tres Mil Bolívares (4.033.000 Bs) habiéndose convenido cancelar el Capital por la cantidad de Tres Millones Quinientos Mil Bolívares (3.500.000 Bs); Intereses de Mora por la cantidad de Ciento Ochenta y Ocho Mil Bolívares (188.000 Bs); Desembolso de Dinero (Gastos) por la cantidad de Trescientos Cuarenta y Cinco Mil Bolívares (345.000 Bs). Seguidamente la parte actora expone: ACEPTO el CONVENIMIENTO hecho por la parte demandada por la cantidad de Cuatro Millones Treinta y Tres Mil Bolívares (4.033.000 Bs) con un Cheque del Banco Casa Propia N° 13446754. El Tribunal deja constancia que estuvo custodiado por Funcionarios Policiales adscritos a la Comisaría N° 60 de esta ciudad del Tocuyo, los ciudadanos: CABO 2DO RAMÓN MENDOZA, titular de la cédula de identidad N° V- 5.784.642 y DISTINGUIDO JOSÉ LUIS OLIVERO, titular de la cédula de identidad N° V- 7.460.201. Es todo, se Termi.....