De seguida el ciudadano Juez concedió la palabra a la parte demandada, quien expresa que en el día de hoy celebró Transacción con la extrabajadora, por ante la Notaría Pública Segunda de Porlamar y que en su debida oportunidad consignará dicho escrito ante este Tribunal. Oída dicha exposición concedió la palabra a la parte demandante, quienes manifiestan no tener conocimiento de dicha transacción y que de ser cierto, una vez consignada ésta, expresarán sus argumentos. Así mismo no se ordena el archivo del expediente hasta tanto no conste en auto la referida Transacción.