IV.-DISPOSITIVO
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho y jurisprudencial, ut supra referidas este Tribunal Decimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Desafecto (Convenido), formulado por los ciudadanos JESÚS LEANDRO SALAS INCIARTE y LAURA VIRGINIA PIRELA PACHECO, venezolanos, mayores de edad, con cédulas de identidad No.V-19.544.375 y V-18.282.945, respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído en fecha veinticinco (25) de abril de 2014, por ante el Registrador Civil de la parroquia Cecilio Acosta, Municipio Maracaibo del estado Zulia, tal y como se evidencia del acta de matrimonio signada bajo el número 111,.....