DECRETA: PRIMERO: HOMOLOGAR el acuerdo celebrado en el día de hoy en el desarrollo de esta audiencia, y debidamente suscrito por las partes que conforman el presente proceso, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 561, literal "b." , 564y 566 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niñas y del Adolescente, y artículos 41 , 42 y 46 del Código Orgánico Procesal Penal (vigencia anticipada) en la causa seguida al adolescente (SE OMITE EL NOMBRE E IDENTIDAD DE LOS ADOLESCENTES), venezolano natural de Maracaibo, nacido en fecha 08/10/1996, , de 17 años de edad , estudiante, residenciado en Villa del Rosario Sector Maria Alejandra por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTE DEL DELITO previsto y sancionado en el articulo 451, en concordancia con el articulo 470 del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana SHEYLA ROSARIO CUEVAS TAPIA.- SEGUNDO: SE SUSPENDE EL PROCESO EN LA PRESENTE CAUSA, favor del adolescente (SE OMITE EL NOMBRE E IDENTI.....