Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN
FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante BLANCA JOSEFINA GOA BICINETTI, a los ciudadanos HUGO HECTOR MATOS GOA, NANCY YOLANDA MATOS DE FARIA, DEILA MARGARITA MATOS DE HELMEYER, GILBERTO ENRIQUE MATOS GOA, NELLY JOSEFINA MATOS DE URDANETA, BEATRIZ DEL CARMEN MATOS DE GONZÁLEZ, NERIO ENRIQUE MATOS GOA, y MIRIAN YADIRA MATOS DE MAYORA, en su condición de HIJOS, antes identificados. Se dejan a salvo los derechos de terceros.