Por los fundamentos expuestos:
Este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y MARACAIBO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos JOE MERWIGN ARIAS y MERY REBECA SÁNCHEZ SOLANO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nos. 7.613.825 y 7.793.826, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día 21 de Noviembre de 1981, por ante el Prefecto y Secretario del Municipio Cacique Mara del Estado Zulia; según consta en la copia certificada del acta de matrimonio signada con el No.1232.
Dejándose constancia expresa, que los ciudadanos antes identificados, manifestaron que NO procrearon hijos, NI bienes que repartir.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada de este fallo de conformidad con lo establecido en.....